Micelio
Auto10 de diciembre de 2025

A- de 2025

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Demandante Idear·Demandado Caballero Jose Orlando Y Otro

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Elemento Objetivo-La Causa Judicial Sobre La Cual Se Promovió El Proceso Ejecutivo Ya Fue Resuelta.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca y el Juzgado 003 Administrativo de la misma ciudad, por una demanda ejecutiva promovida por el Instituto de Desarrollo de Arauca (IDEAR), en contra de unos ciudadanos, con el fin de que se libre mandamiento de pago por una suma de dinero que consta en un pagaré, y que respalda un crédito en la modalidad de producción, otorgado a los demandados, insoluto.

Al revisar el cumplimiento de los presupuestos que configuran el conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso no se presentó tal conflicto por cuanto no se satisface el presupuesto objetivo.

La Sala evidenció que el Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca recibió el proceso del despacho judicial antecesor en un estado muy avanzado, dado que había condenado y fijado las agencias en derecho y la autoridad judicial receptora solo se limitó a realizar el trámite de las liquidaciones antes de declarar su falta de jurisdicción.

Así las cosas, el proceso ejecutivo singular de menor cuantía promovido por el IDEAR culminó su objeto, por ende, las causas que originaron el proceso y la pretensión no subsisten.

Lo anterior obedece a que dicho proceso avanzó hasta que se ordenó seguir adelante con la ejecución, ello sin perjuicio de que eventualmente subsistan actuaciones pendientes orientadas a garantizar la efectividad de la orden de pago.

La Sala se declara inhibida para pronunciarse de fondo sobre el asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse INHIBIDA para resolver el aparente conflicto entre jurisdicciones remitido por el Juzgado 003 Administrativo de Arauca.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-7256 al Juzgado 002 Civil Municipal de Arauca para que proceda conforme a lo previsto por la presente providencia y para que comunique esta decisión al Juzgado 003 Administrativo del Circuito de la misma ciudad y a los interesados en el presente trámite.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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